jueves, 30 de noviembre de 2017

Piden variación de la medida 
de coerción a ex director OMSA

SANTO DOMINGO, República Dominicana- Residentes en el municipio Santo Domingo Oeste, y los abogados de la defensa de Manuel Antonio Rivas, ex director de la Oficina Metropolitana de Transporte (OMSA), pidieron a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial acoger el Recurso de Apelación que se conocerá a favor del imputado.

Recuerdan que, según la solicitud de imposición de medida de coerción presentada por el Ministerio Público, el único hecho vinculante con el señor Manuel Antonio Rivas resulta ser una supuesta conversación con el señor Eddy Rafael Santana Zorrilla sobre el señor Yuniol Ramírez Ferreras.

Juan Francisco Cabrera Explica que el Código Procesal Penal, artículos 226 y siguientes, establece varias medidas de coerción que pueden ser interpuestas en contra de un investigado ante la existencia de un hecho punitivo, pero la prisión preventiva es una medida severa y excepcional.

Recordemos que el señor Manuel Antonio Rivas fue apresado en el Aeropuerto internacional de Las Américas, mediante orden de arresto Núm. 24809-ME-2017 del 14 de octubre de 2017, mientras regresaba del extranjero en donde se encontraba en asuntos profesionales de su antigua posición pública. Es decir, que el principio básico de peligro de fuga condicional para la imposición de una medida de coerción tan grave como la prisión preventiva no existe.

Argumentan en el documento público hecho llegar a la redacción de este diario que “vale la pena recordar lo sucedido el pasado 17 de agosto en España, donde el Estado Islámico (ISIS) perpetró atentados terroristas en Barcelona y varias ciudades, lo que consternó a todo el mundo. Los imputados embistieron con vehículos a los transeúntes que circulaban por vías concurridas dejando un saldo de más de 15 muertos y más de cien personas heridas. En uno de los atentados un vehículo marca Audi atropelló a decenas de transeúntes. El propietario del vehículo resultó ser Mohamed AALLA, uno de los imputados. Sin embargo, el Juez de la Instrucción con sede en Madrid que conoció la medida de coerción señor Andreu Merelles, decidió dejar en libertad provisional a este imputado. A los demás les dictó prisión preventiva”.

Precisan que es necesario llamar la atención en este punto: al propietario del vehículo utilizado para perpetrar un crimen de tal magnitud, el Juez le deja en libertad provisional, ¿por qué? este Juez consideró que “los indicios existentes sobre la presunta colaboración con el grupo terrorista no son lo suficientemente sólidos como para poder decretar una medida tan excepcional como la prisión preventiva” (Juzgado Central de Instrucción 4º Audiencia Nacional, DP nº 60/2017).

Argumentan que en puro derecho, este juez tuvo  razón; “puesto que la adopción de una medida de coerción tan severa como la prisión preventiva dictada en contra del señor Manuel Rivas está condicionada a la comprobación de ciertos presupuestos fundamentales con el propósito de que la coerción impuesta no se convierta en una pena anticipada a una persona que, desde el punto de vista de la Constitución dominicana, se debe presumir inocente, mientras no se pruebe su culpabilidad más allá de toda duda razonable”.

Explican que “lo cierto es que, como en la causa que hemos analizado, en el caso del señor Manuel Antonio Rivas no existen las condiciones establecidas por el Artículo 227 del Código Procesal Penal para la imposición de una medida de coerción tan severa, pues, en primer lugar, el supuesto peligro de fuga fue aniquilado completamente con su presencia después de volver al país por un aeropuerto nacional.

Fuente: Periódico digital Frontera 25.


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